La decisión consideró que la valoración de la prueba por los jueces de primera instancia fue arbitraria y criticó la intervención inquisitiva en los interrogatorios de los testigos, alejándose de la imparcialidad exigida a los tribunales.
En primera instancia lo habían absuelto por considerar que la víctima había tenido una actitud "pasiva" o "ambivalente". Luego de un recurso presentado por la Fiscalía, la Cámara Nacional de Casación decidió revocar el fallo y consideró la víctima no consintió ni verbal ni corporalmente el acto sexual.
Una decisión de la Corte Suprema en el caso de un menor con discapacidad y una enfermedad poco frecuente. La sentencia se basó en que el tribunal inferior no valoró adecuadamente las pruebas del caso.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó por unanimidad la condena de cuatro años y seis meses de prisión impuesta al ex futbolista profesional del Barcelona. Consideró que la condena no superó los estándares de valoración de la prueba que permitan sobreponerse a la presunción de inocencia que rige en materia penal.